¿Cuánto se tarda en desahuciar a un inquilino?

En la siguiente entrada de blog vamos a explicar de forma detallada los tiempos aproximados del proceso

Si has llegado a esta entrada de blog, es muy probable que tengas una propiedad en posesión y tengas a un inquilino no deseado, ya sea por muchos motivos. Dado el caso, uno se pregunta cuánto se tarda en desahuciar a un inquilino.

En primer lugar, nos gustaría decir que el tiempo está sujeto a muchísimos factores, y no siempre recaen sobre el abogado como muchos podrían llegar a esperar. El desahucio podría durar apenas dos meses y medio, pero no te engañes, eso es en contadas excepciones. Lo más común y habitual es que el proceso dure entre cuatro meses y seis meses, y de ahí en adelante. Además, esta duración no varía si se trata de una vivienda o de un local.

Es complicado decir con exactitud cuánto dura un desahucio, y esto es debido a lo que ya he comentado antes, hay muchos factores que no dependen del abogado, así como por ejemplo las notificaciones al inquilino, la carga del juzgado, etc.

Hay dos situaciones que sería lo mejor para dicho propietario, pero, por desgracia, no siempre funcionan:

  • El inquilino decide irse antes de poner la demanda.
  • El inquilino se va tras poner la demanda, pero antes de que se produzca el lanzamiento del desahucio.

Estas dos situaciones serían las más optimas para el propietario, pero, que por desgracia, no siempre suceden. Lo normal, es que el inquilino o arrendatario se quede en la vivienda o local hasta el desahucio/desalojo, o que decida irse pero sin decir nada ni realizar la entrega de las llaves.

Como puedes comprobar, hay veces que la situación acaba mucho antes de en dos meses (en casos contados) o puede ser que la situación no se pueda solucionar de forma amistosa y hay que demandar al inquilino. En este artículo vamos a hablar del segundo caso.

Burofax previo.

En la mayoría de los casos, podría ser un estorbo más que una ayuda, pero, en caso de que se decida realizar el envío del burofax, no se podrá poner la demanda antes de 30 días (y en el caso de que decidan recoger dicho burofax, en caso contrario, empiezan los problemas)

Interposición de la demanda

En la gran mayoría de mis casos, apenas tardo menos de un día, se puede contabilizar, y este sería un solo día.

Apoderamiento del procurador

E procurados es el reprentante ante los tribunales, es decir, el abogado, y por tanto, hay que apoderar al procurador. Este proceso es obligatorio y se puede realizar en una notaría (pagando) o en el juzgado (sin pagar).

Como es obvio, pagando es mucho más rápido, si decides hacerlo por el juzgado, el trámite suele tardar unos 24 días. Para poder sacar la media, no voy a escoger ni una ni otra, 8 días.

Así que… 39 días en total desde que se mandó el burofax.

Decreto de admisión

Este paso sucede cuando el juzgado admite a trámite dicha demanda, y suelen pasar unos 7 días. Durante este proceso, lo que hace el juzgado es emitir un documento que se llama “decreto de admisión”, el documento lo envían vía internet al procurador y al inquilino por correo postal.

Con este paso, levamos ya cerca de 49 días.

La notificación al inquilino

Una vez que el juzgado admite a trámite la demanda, emite un documento, el decreto de admisión. Pues bien, este documento se le envía al procurador por internet y al mismo tiempo al inquilino a la propiedad donde se encuentra.

Este es el trámite que más tiempo usa de todo el proceso, y en caso de que el inquilino coja la carta del juzgado rápido, no hay problema.

Pero, lo normal es que el inquilino no esté en casa o decida no abrir la puerta, en este caso se le deja un aviso en el buzón, pero casi ningún inquilino va a correos a recoger la carta, pues sabe de qué se trata.

Cuando esto sucede, el inquilino no recoge la carta, y el juzgado busca otros domicilios del inquilino, es decir, buscan los datos del inquilino en la policía, tráfico y seguridad social.

En caso de que salgan 2 domicilios, notifican primero en uno, y en caso de no haber éxito, notifican en otro.

Éste trámite, demora de forma aproximada, 51 días, y siendo bastante generoso. Es uno de los factores en los que más influye en cuanto se tarda en desahuciar a un inquilino.

Así que desde que se mandó el burofax ya llevamos 99 días (más de tres meses).

Notificación por edictos

En el caso de que el inquilino no recoja la carta, pueden suceder dos cosas:

  • La primera es la búsqueda de nuevos domicilios.
  • Y la segunda es que no los busque y opte por la notificación por edictos, es decir, que no los busque y directamente cuelgue el decreto de admisión en el tablón de anuncios, es decir, se da por notificado, como si hubiese cogido la carta, pero, hay juzgados muy propensos a buscar domicilios.

Y hay otros que deciden rápido colgar la demanda en el tablón de anuncios.

Oposición a la demanda

Una vez que, o bien, la demanda es recogida por el inquilino, o el juzgado cuelga la demanda en el tablón, el inquilino tiene 10 días (hábiles) para oponerse a la demanda.

En caso de no oponerse en esos días hábiles, el proceso habrá terminado y el juzgado emitirá un nuevo decreto, llamado, “decreto de archivo”. En dicho decreto, ya viene la fecha del desahucio.

Si tienes suerte y ocurre esto, habrá que sumar los 15 días más los 7-10 días que el juzgado tardará en emitir el decreto de archivo, es decir, unos 25 días más.

Por tanto, nos vamos a 124 días desde que se mandó el burofax, y aún así, no define en cuánto se tarda en desahuciar a un inquilino.

Pero en caso contrario y el inquilino se oponga a la demanda, estonces habrá juicio, haciendo que el proceso se retrase unos 30 días más, y si el inquilino pide justicia gratuita se demorará aún más, porque suele tardarse unos 30 días en que se la concedan.

Pero, vamos a contar y suponer que sucede la situación más común, el inquilino no recoge la demanda y el juzgado decide publicarla en el tablón de anuncios. Como nadie va a juzgado a mirar si le han demandado, pues el inquilino no se entera y no pide abogado de oficio ni se opone a la demanda.

En resumen, me quedo en los 124 días antes comentados.

Fechas para el lanzamiento (desahucio)

El “decreto de archivo” es el que ordena el desahucio, y es que normalmente la fecha para desahucio ya venía en el primer decreto (el de admisión), pero es muy frecuente que, con todo lo que dura el proceso, esa fecha ya haya pasado y haya que poner una nueva, y esa fecha viene en el “decreto de archivo” y es raro que pongan fecha para antes de 45 días.

Así que el desahucio se producirá finalmente unos 169 días después de mandar el burofax (y eso si todo va bien, porque si hay problemas tardará más).

Así que la respuesta a cuánto se tarda en desahuciar a un inquilino es unos 169 días aproximadamente.

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