Desde Desahucio Express queremos adjuntar en esta entrada un burofax para que puedas tenerlo a mano para cuando así lo necesites.

Y es que, es muy frecuente que el arrendador se llegue a preguntar si realmente es necesario enviar un burofax al inquilino reclamando los impagos, ya sea deudas por suministros o por el alquiler.

Modelo de burofax para desahucio o desalojo evita la enervación

Uno de los grandes motivos para proceder a este paso es evitar la enervación del desahucio, ya que este mecanismo consiste en que, si el arrendador pone una demanda de desahucio, la ley otorga diez días para proceder al pago de lo que tiene impagado, si por un casual el inquilino lo hace, habrá enervado el desahucio (es decir, lo ha parado).

Es por ello, que la Ley contempla una posibilidad de que el inquilino no pueda parar el desahucio y se trata de que el arrendador le envíe un requerimiento fehaciente (un burofax con certificado de contenido)

En caso de trascurrir más de treinta días desde la fecha de recepción y la fecha de presentación de la demanda, entonces el inquilino ya no podrá parar el desahucio.

Desventajas de enviar un burofax

Todo lo mencionado anteriormente podría parecernos ventajas, pero si se puede leer entre líneas vemos que damos 30 días extras al inquilino para realizar el pago, es más, es muy frecuente que el burofax no lo recoja y ya siembra la duda de si hay que enviar otro más.

En caso de que el cliente pague las rentas debidas, es cierto que se enervará el desahucio y podrá seguir en la propiedad, pero deberá abonar los costes de todo el proceso. Es por todo esto que hay que mirar bien cada caso si merece la pena o no consultando a un experto y barajando las posibilidades según se trate de una situación u otra.

Modelo de burofax para desahucio o desalojo

A continuación, si has decidido mandar el burofax viendo bien la situación, adjuntamos un modelo para que lo tengas a mano.

Eso sí, recuerda que es fundamental que a la hora de realizar el envío debes contratar el acuse de recibo y un certificado de contenido.

El burofax puede realizarse y ponerse en Correos.

En caso de que no hayas mandado el burofax o lo has enviado y en esos treinta días no has cobrado la cantidad reclamada, tendrás que interponer una demanda de desahucio para así poder recuperar la propiedad siempre que el inquilino no haya desalojado la propiedad. Es más, deberás valorar la posibilidad de reclamar o no las rentas impagadas. Si no estás muy seguro de qué hacer, nosotros somos expertos en desahucios express en Madrid