¿Quieres conocer cuáles son las opciones legales contra el impago del alquiler que tienes a tu alcance? ¿Quieres conocer qué opciones tienes a tu alcance para poner fin a esta situación? Si estás cansado de tener que soportar que tus inquilinos no te paguen la renta o bien que lo hagan con retraso, has de saber que cuentas con varias alternativas a tu disposición.

Mucho se escucha sobre el desahucio express, pero muy poco se conoce sobre qué es, estamos habituados a las típicas escenas de familias desamparadas y esto, no es siempre así.

En caso de tener un inquilino que no realiza el pago periódico de las rentas, se pueden tomar medidas legales.

Opciones legales contra el impago del alquiler

Cuando un inquilino no paga su renta se disponen de varias opciones legales contra el impago del alquiler que resulta conveniente conocer para tomar el camino más adecuado:

  • Reclamar la renta o rentas que no han sido abonadas por el inquilino
  • Solicitar el desahucio de la vivienda alquilada
  • Solicitar tanto el desahucio de la vivienda como el abono de las rentas impagadas

Normalmente, la alternativa más utilizada en la vía judicial es la tercera, es decir, la de solicitar tanto el desahucio de la vivienda alquilada como el reclamar todas aquellas mensualidades o gastos que no hayan sido abonados y se encuentren pendientes.

Es importante tener claro que el arrendador no tiene por qué soportar ningún impago ni mantener a nadie gratis en su hogar sin recibir contraprestación alguna por ello, ya que se trata de una situación que puede hacer perder mucho dinero y afectar incluso económicamente al propietario de la casa alquilada.

Abonar la renta mensual, así como los gastos asociados, es una obligación del inquilino, y si éste no es capaz de cumplir con lo que ha sido pactado y firmado en el contrato, el arrendador tiene total libertad y derecho para interponer una demanda de desahucio para terminar con dicha situación cuanto antes.

Se debe saber que, ya sea que no paga las rentas o suministros así como que realiza cualquier otro tipo de incumplimiento, se puede proceder al desahucio por incumplimiento de contrato.

Ningún arrendador debe mantener gratis en su hogar sin recibir compensación alguna.

Reclamar los pagos no abonados

En el caso de que meramente desees reclamar los pagos que no han sido abonados por el inquilino, se deberá enviar un burofax donde se le indique al arrendatario que tiene un plazo máximo de X días para proceder a abonar las cuotas impagadas y que, en el caso contrario, se iniciará el proceso de desahucio.

El burofax es un método legal, forma y fehaciente donde queda reflejado el aviso o notificación que se le ha hecho al arrendatario. Obviamente, antes de enviar un burofax es aconsejable hablar amistosamente con el inquilino para intentar solucionar el problema.

Es importante hablar con el inquilino antes de enviar el burofax.

Solicitar el desahucio de la vivienda

En el caso de que desees solicitar el desahucio de la vivienda alquilada, has de tener presente que la demanda de desahucio por impago ha de ser interpuesta por un abogado y procurador, por lo que deberás contratar un despacho de abogados como el que encontrarás en Desahucios Exprés para ayudarte durante todo el proceso. Para poder interponer la demanda de desahucio es esencial que aportes una serie de documentos:

  • Contrato de arrendamiento original
  • Escritura de propiedad del inmueble
  • Notificaciones fehacientes enviadas al inquilino

Si te preguntas cuanto tarda un desahucio por precario, debes saber que una vez presentada la demanda, el inquilino recibirá en más o menos un mes un documento donde se admitirá a trámite la demanda de desahucio y en el cual quedará fijada la fecha del juicio y del lanzamiento. Únicamente habrá juicio en el supuesto de que el inquilino se oponga a la demanda.

Si deseas poner en marcha cualquiera de estas opciones legales contra el impago del alquiler, confía en los expertos que encontrarás en nuestro despacho de abogados. Estaremos encantados de asesorarte y ayudarte a recuperar tu vivienda.