Tacita reconduccion del arrendamiento
La reconduccion renueva el actual contrato de alquiler para todas sus clausulas. Se renueva el periodo de alquiler automaticamente actualizando la nueva duración del contrato de arrendamiento ajustandose al periodo de tácita reconducción estipulado (Años, meses o días)
La tácita reconducción del contrato de alquiler esta creada con el objetivo de la “renovacion automatica del alquiler”. Este esta creado de tal forma que, cuando el periodo firmado del alquiler se ha terminado, se decir, por desahucio por finalizacion de contrato o de la prórroga pactada si es legal dicho perido. Cuando se da el caso de continuar disfrutando de la vivienda, nazca entre las partes un nuevo contrato identico salvo en los plazos del vencimiento, aunque sujeto a las mismas condiciones y a la misma renta que el anterior ( segun jurisprudencia por el Tribunal Supremo, Sentencia de 14.4.2006). Siempre teniendo en cuenta que no hay voluntad de abandonarlo de parte del arrendatario (inquilinos) ni requerimiento por la parte arrendadora (Casero)
La renovación del contrato de alquiler es regulada por ley en el artículo 1566 del CC (Código civil). Gracias a este articulo queda regulado el régimen de los arrendamientos y al alquiler de vivienda o local de negocio. Cabe mencionar, que siempre esta la le por encima de cualquier pacto acordado y firmado. Asi mismo, permites que se llegue a pactarse en el contrato de alquiler que la renovación automática no opere al finalizar el mismo.
Ley aplicable a la tácita re conducción de contratos de alquiler >> Codigo Civil, Articulo 1581
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